Es lo que se conoce como litigar en causa propia, posibilidad que está contenida en el artículo 33 del Código Procesal del Trabajo: Con fundamento en los hechos expuestos, muy comedidamente solicito al señor mediador, que previo el registro de mi personería para desempeñarse como manager de la parte demandante. https://bookmarkindexing.com/story19805804/fascinaci%C3%B3n-acerca-de-demanda-laboral-nuevo-sistema